Conexión institucional, María Dolores Fernández Galiño: ¿protección al PP en la Xunta?

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Valedora do Pobo, Oficina del Informante y Comisión de Transparencia de Galicia: ¿Un entorno familiar que protege al PP en la Xunta?

Por Miguel Ángel Delgado González – Presidente de PLADESEMAPESGA
23 de mayo de 2025

Una Valedora do Pobo que ocupa un lugar destacado en la toma de posesión de Feijóo, en lugar de situarse junto a los representados, refleja la preocupante deriva política de las tres instituciones que encabeza la Sra. Galió: la Valedoría do Pobo, la Oficina del Informante y la Comisión de Transparencia de Galicia. Sobran las palabras.

La Valedora do Pobo la Oficina del Informante y la Comisión de Transparencia de Galicia , instituciones diseñadas para garantizar la ética pública, la transparencia y la protección del interés general, están viendo erosionada su credibilidad por una acumulación de cargos vinculados a círculos familiares y amistades cercanas.Esta situación no solo pone en duda su imparcialidad, sino que también revela un uso instrumentalizado de estos órganos públicos que los convierte en un filtro más para proteger al Partido Popular (PP) en la Xunta de Galicia.

Nombramiento estratégico: el caso de Ricardo Pedro Ron Latas

El pasado 21 de mayo de 2025, la Valedora do Pobo, María Dolores Fernández Galiño, designó como Subdirector Xeral de la Oficina del Informante D. Ricardo Pedro Ron Latas , magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Galicia desde 2005. Lo llamativo no es tanto su perfil profesional, sino el hecho de que este nombramiento se produjo el día antes de expirar oficialmente su mandato como Valedora , tras haber cumplido los cinco años máximos permitidos por el artículo 6 de la Ley 6/1984.

Este movimiento, realizado en los últimos compases de su gestión formal, plantea serias dudas sobre la objetividad del proceso. Además, se destaca la relación profesional y personal entre D. Ricardo Ron Latas y José Fernando Lousada Arochena , magistrado y esposo de la propia Valedora. Ambos han colaborado en múltiples ocasiones:

  • Coautoría de libros jurídicos como "Claves Prácticas Recurso de Suplicación: Soluciones Procesales y Formularios" .
  • Organización conjunta de foros académicos y eventos profesionales (enlaces públicos aquí aquí ).

Pese a las evidencias, la Secretaría Xeral de la Valedora asegura que estas colaboraciones “no presuponen ninguna relación personal” relevante para considerar un conflicto de intereses. Sin embargo, según el artículo 23 de la Ley 40/2015 , deben abstenerse de intervenir quienes tengan "amistad íntima", "relación de servicio" o incluso "participación en actividades académicas conjuntas". Ninguna de estas circunstancias fue evaluada públicamente.

¿Funciones prolongadas sin control democrático?

Tras expirar su mandato legal, María Dolores Fernández Galiño continúa ejerciendo funciones bajo la figura de "en funcións" , amparándose en el artículo 5 de la Ley 6/1984. Este mecanismo permite continuar hasta que se elija un nuevo titular, pero carece de límites temporales claros ni autorizaciones formales En ese periodo ha realizado nombramientos clave, incluyendo el del Subdirector Xeral, sin que haya resoluciones visibles que avalen dichas decisiones.estoyartodemariadelmar-santiagforey-perly-chefi-y-feijoo.jpg

Este vacío normativo permite que quien ya no tiene legitimidad renovada siga tomando decisiones estructurales, lo cual vulnera principios constitucionales como la seguridad jurídica y la rendición de cuentas. El informe interno de la Valedora justifica esta prórroga como automática ("ex lege"), pero omite explicar cómo se garantiza la independencia y transparencia durante este período indefinido.

Falta de transparencia activa: silencio ante la ley

La Ley 1/2016 de Transparencia y Buen Gobierno de Galicia exige máxima publicidad en actuaciones de relevancia institucional. No obstante, no se han hecho públicas:

  • Las actas de la Junta de Coordinación donde se aprobó el nombramiento de Ron Latas.
  • Informes internos que respalden la ausencia de conflicto de interés.
  • Copia de las resoluciones o autorizaciones relacionadas con la continuidad en funciones de la Valedora.

Aunque técnicamente no se considera un alto cargo, su rol institucional y la potestad de realizar nombramientos críticos sí justificarían un tratamiento conforme al artículo 37 de dicha ley. La falta de información alimenta la sospecha de que se prioriza el control político sobre la rendición de cuentas.

Conexión institucional: ¿protección al PP en la Xunta?

La acumulación de responsabilidades en manos de figuras vinculadas intimamente y  directamente a la Valedora —y por extensión, al entorno del PP— sugiere una dinámica de captura institucional. María Dolores Fernández Galiño no solo encabeza la Valedora do Pobo, sino que también preside:

  • La Comisión de Transparencia de Galicia
  • La Oficina del Informante

Estas tres instituciones deberían funcionar como contrapesos éticos y garantes de la legalidad. Sin embargo, bajo su dirección, han perdido autonomía y se perciben como órganos alineados con los intereses del partido en el poder.

Este escenario se ve reforzado por el reciente archivo de la reclamación ciudadana presentada por PLADESEMAPESGA, donde se cuestionaba precisamente la legalidad y transparencia de estos nombramientos. La respuesta oficial, aunque técnica, no desmiente ninguno de los puntos esenciales, lo que en derecho se interpreta como una forma tácita de validación.

Recomendaciones de la OCDE: la percepción del conflicto daña la confianza

Como señala la OCDE en sus recomendaciones de 2004 y 2005, “la mera percepción de conflicto de interés puede dañar la confianza pública” . En este contexto, la designación de un colaborador cercano de un familiar directo en un cargo estratégico, sumado a la falta de transparencia en el proceso, crea un clima de duda institucional difícil de disipar solo con afirmaciones técnicas.

La OCDE también recomienda:

  • Selecciones públicas basadas en méritos objetivos.
  • Medidas preventivas frente a conflictos potenciales.
  • Publicación de informes de gestión ética y evaluaciones de riesgos.

Ninguna de estas medidas se ha llevado a cabo en este caso.

Conclusión: Legalidad técnica vs. legitimidad democrática

Lo ocurrido con el nombramiento de Ricardo Pedro Ron Latas y la continuidad en funciones de María Dolores Fernández Galiño no implica necesariamente una violación flagrante de la normativa vigente. Pero sí revela lagunas importantes en:

  • Evaluación de conflictos de interés.
  • Publicidad y acceso a la información.
  • Límites al ejercicio prolongado de funciones públicas.

Mientras el Parlamento gallego no impulse reformas legislativas que garanticen mayor claridad en los procesos de selección de altos cargos y mecanismos efectivos de control ético, instituciones como la Valedora do Pobo seguirán perdiendo credibilidad y sirviendo como paraguas protector del PP en la Xunta.

En democracia, la legalidad no solo debe cumplirse, sino también parecerlo.

Anexos:

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